Calendario TicketBai

Artículo modificado a 03/12/2021 con los aplazamientos de cada comunidad

 

Calendario TicketBAI Gipuzkoa

El 11 de noviembre de 2021 se ha publicado la Orden Foral 608/2021 en el Boletín Oficial de Gipuzkoa por la que se modifica el calendario de implantación de la obligación TicketBAI y se exime de su cumplimiento a determinadas personas físicas en edad cercana a la de su jubilación.

Según la nueva orden, el periodo obligatorio comenzará de forma progresiva a partir del 1 de julio de 2022 y será exigible para los contribuyentes en función de la actividad empresarial, profesional o artística que ejerzan. La implantación voluntaria puede hacerse desde el 1 de enero de 2021 hasta que resulte de obligado cumplimiento en virtud de lo dispuesto en el calendario de implantación.

1 de julio de 2022

El 1 de julio de 2022 deberán expedir las facturas o justificantes empleando un sistema que cumpla los requisitos TBAI, el siguiente colectivo:

Profesionales de la gestión tributaria a que se refiere el artículo 9 de la Orden Foral 582/2014, de 5 de noviembre (PDF).

1 de septiembre de 2022

Los contribuyentes que ejerzan una actividad económica a efectos del IRPF o las Personas Jurídicas que realice entregas de bienes o prestaciones de servicios, cuando su actividad esté definida en los siguiente Grupos del IAE:

Epígrafes de la sección 1ª:
Los comprendidos entre los grupos 834 al 849 (PDF)

Epígrafes de la sección 2ª:
Los comprendidos entre los grupos 011 al 841 (PDF)

Afecta fundamentalmente a las actividades profesionales.

1 de noviembre de 2022

Los contribuyentes que ejerzan una actividad económica a efectos del IRPF o las Personas Jurídicas que realice entregas de bienes o prestaciones de servicios, cuando su actividad esté definida en los siguiente Grupos del IAE:

Epígrafes de la sección 1ª:
Los comprendidos entre los grupos 641 al 665 (PDF)
Los comprendidos entre los grupos 671 al 687 (PDF)

Epígrafes de la sección 2ª:
Los comprendidos entre los grupos 851 al 899 (PDF)

Afecta fundamentalmente al comercio al por menor, al sector de hostelería y hospedaje y al resto de profesionales.

1 de abril de 2023

Los contribuyentes que ejerzan una actividad económica a efectos del IRPF o las Personas Jurídicas que realice entregas de bienes o prestaciones de servicios, cuando su actividad esté definida en los siguiente Grupos del IAE:

Epígrafes de la sección 1ª:
Los comprendidos entre los grupos 501 a 508 (PDF)
Los comprendidos entre los grupos 691 a 757 (PDF)
En el grupo 833 (PDF)
Los comprendidos entre los grupos 851 a 999 (PDF)

Afecta fundamentalmente a la construcción y promoción inmobiliaria, transporte, y otros sectores relacionados con servicios recreativos, culturales y personales.

1 de junio de 2023

Será exigible para las y los contribuyentes que ejerzan actividades agrícolas, ganaderas dependientes, forestales, pesqueras, así como el resto de actividades empresariales, profesionales o artísticas no especificadas en las tarifas del impuesto, y las comprendidas en los siguientes epígrafes:

Epígrafes de la sección 1ª:
Los comprendidos entre los grupos 011 a 495 (PDF)
Los comprendidos entre los grupos 611 a 631 (PDF)
Los comprendidos entre los grupos 761 a 832 (PDF)

Epígrafes de la sección 3ª:
Los comprendidos entre los grupos 011 a 059 (PDF)

Afecta fundamentalmente a la fabricación, comercio al por mayor, telecomunicaciones y financieras y artistas.

Ver más información en la WEB de la Hacienda Foral de Gipuzkoa

 

Calendario BATUZ Bizkaia

La fecha obligatoria para BATUZ se ha retrasado al 1 de enero del 2024.

Ver más información en la WEB de Bizkaia Batuz

 

Calendario TicketBAI Araba

La Diputación de Araba ha anunciado que también retrasa la entrada obligatoria de Ticket Bai, a 1 de abril 2022 para los primeros obligados.

Éste es el nuevo calendario de implantación:

01/01/2022 - Voluntario.
01/04/2022 - Asesorías (personas físicas y jurídicas) que sean colaboradoras de la Diputación Foral de Álava.
01/07/2022 - Comercio al por menor de medicamentos, productos sanitarios y de higiene personal, así como las actividades profesionales incluidas en la Sección 2ª de epígrafes de IAE.
01/10/2022 - El resto de los contribuyentes.

Ver más información en la WEB de la Diputación Foral de Álava